Escrito por equipo@idealista
Si vas a comprar o vender tu casa, esto te interesa. Muchas veces cuando nos planteamos adquirir una vivienda sólo pensamos en la hipoteca y lo que nos va a costar. Sin embargo, hay otros factores que hacen que se encarezca la operación, además de tasas que cada año el estado y las comunidades autónomas cobran a los propietarios del mismo modo, si has puesto un inmueble en venta, debes saber que no todo lo que ‘ganes’ irá a parar a tu bolsillo: hacienda también quiere su parte. Por eso, no olvides echarle un vistazo a esta guía rápida de los impuestos que gravan la vivienda:
1.- Si compras una vivienda nueva…
Impuesto sobre el valor añadido (IVA): Si se trata de la primera transmisión –viviendas de nueva construcción– hay que pagar el IVA. Se paga en el momento de la compra y se calcula sobre el valor de la escritura del inmueble. Para la compra de un piso de régimen general, hacienda te aplicarán el 10%. Para las viviendas de protección oficial, el IVA es del 4%.
Impuesto de actos jurídicos documentados: Oscila entre el 1 y el 1,5% del valor del inmueble, en función de la fecha de compra. Para viviendas protegidas es del 0,1%.
2.- Si compras una vivienda de segunda mano…
Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP): Depende de cada comunidad autónoma y se sitúa entre el 6% y el 10% del valor del inmueble. Algunos colectivos, como los menores de 35 años, los miembros de familias numerosas, las personas con minusvalías o las personas con ingresos por unidad familiar muy bajos suelen tener descuentos.
3.- Cuando ya eres propietario de la vivienda…
Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI): Impuesto que grava los bienes inmuebles como pisos o casas. Deben pagarlo las personas que sean propietarias o usufructuarias de una vivienda. el IBI se regula en función del valor catastral fijado por el ministerio de hacienda –según el valor del suelo y el valor de la construcción– y de las ordenanzas fiscales de cada ayuntamiento, que fija sus tipos impositivos y las bonificaciones aplicables.
Para saber lo que te tocará pagar en IBI, cuándo hay que hacer el pago, si este puede ser fraccionado o si tienes derecho a bonificaciones, consulta con el ayuntamiento de la localidad donde tengas la vivienda.
Posibles recargos dentro del IBI: algunos municipios pueden incluir algún recargo en el recibo del IBI para otros conceptos, como es el caso de los municipios del ámbito metropolitano de Barcelona, que aplican un recargo destinado a financiar el transporte público.
4.- Si vendes una vivienda…
Plusvalía: Impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana. Se calcula en función del valor del terreno en el momento de la transmisión y de los años que el dueño ha sido el propietario del terreno, con un tope máximo de 20 años. Si no se pacta lo contrario, lo paga la persona que vende la vivienda.