LA ASOCIACIÓN INICIATIVA SOCIAL POR UNA CHICLANA Y UN IBI REAL, SOLICITA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, DE MARCHA ATRÁS Y RETIRE EL PONER EN MARCHA LAS ZBE.

El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera pretende imponer la implantación de la denominada Zona de Baja Emisiones (ZBE) en nuestra ciudad para enero 2027.

Tras su aprobación inicial  en el pleno del pasado mes de marzo, aprobadas solamente por el PSOE más IU dichas ZBE,  éstas posteriormente fueron recurridas por los concejales del grupo municipal de VOX ante el TSJA , siendo admitido el recurso por dicho tribunal, y actualmente, está pendiente de que se dicte Resolución.

En el escrito presentado a la Junta de Gobierno Local la “Asociación por un IBI Real” pide que se anule dicha implantación de las ZBE en nuestra ciudad por varias razones de suficiente peso como son: “que Bruselas no impone dichas ZBE y. de las múltiples anulaciones que se viene produciendo por los tribunales españoles hacia las ZBE.

Aún recordamos los fundamentos que se esgrimieron en el pleno de marzo por la alcaldía para justificar su aprobación en dicha sesión plenariade que era una imposición obligatoria de la Unión Europea”.

Hoy, vemos como la Comisión Europea, se desmarca de la aplicación de las zonas de bajas emisiones (ZBE), confirmando que “ninguna Directiva Comunitaria”, exige restricciones circulatorias, es más Bruselas considera esencial que España evalúe las repercusiones socioeconómicas de la medida.

Aunque en ocasiones ha servido de justificación para Gobierno y ayuntamientosno, la Unión Europea no exige a España ninguna restricción circulatoria y, por supuesto, tampoco la implantación de Zonas de Bajas Emisiones. Por tanto, la justificación de la alcaldía esgrimida en el pleno de que era una imposición de Bruselas, era falsa.

Hace ya un año y medio el abogado Francisco López Lera lo advirtió en el marco de la XXII edición del Encuentro Ciudadano con la Movilidad, un evento organizado en Bilbao por el RAC Vasco Navarro y que contaba con la colaboración de Pons Mobility, Arag y Caser Seguros. Ahora, lo confirma la propia Comisión Europea.

Y es que si ya entonces este letrado alertaba de la “falsa interpretación realizada sobre una directiva europea que supuestamente obligaba a activar estas Zonas de Bajas Emisiones, cuando solo establece una serie de recomendaciones y principios, pero nunca imposiciones”, llegando incluso a apuntar que su aplicación responde en realidad en España a medidas recaudatorias.

A la pregunta de si las ZBE son una obligación europea o no, debido a la inquietud y problema social que generan, el comisario europeo de Transporte, Apostolos Tzitzikostas, ha confirmado que no, que “la Directiva europea de calidad del aire deja que cada Estado miembro elija, dentro de una lista indicativa, qué medidas adoptará para cumplir con los límites de contaminación”. Cierto que, “entre las posibles, se encuentran las ZBE, pero su aplicación queda a discreción de los Estados miembros y no la impone la Comisión”.

La Comisión Europea confirma así en el Parlamento Europeo que “este enfoque se ajusta al principio de subsidiariedad, que garantiza que las decisiones se tomen lo más cerca posible de la ciudadanía”.

Y en su respuesta escrita, además, confirma que es el Gobierno quien las impone en España a través de su nueva Ley de Cambio Climático, advirtiendo incluso de que “la financiación europea para la calidad del aire debe dar prioridad a las necesidades de los grupos vulnerables.

Incluso, en palabras textuales del comisario europeo de Transporte, “resulta esencial que los Estados miembros evalúen las repercusiones socioeconómicas de las medidas de mitigación que adopten”, una respuesta que ha terminado por alentar aún más unas Zonas de Bajas Emisiones que están suponiendo un gran perjuicio para buena parte de la población española que no tiene recursos económicos para cambiar de coche y poder evitar las numerosas restricciones de circulación que ya se imponen a los coches más antiguos, como los vehículos sin etiqueta de la DGT, pero que ya empieza a afectar también a los de etiqueta B y C, mucho más modernos.

“Lo que hoy confirma la Comisión es lo que cualquier ciudadano que no puede permitirse un coche nuevo ya sabe: que esta restricción la decidió Sánchez, no Europa. Que lo diga por escrito el comisario de Transporte no deja mucho margen para seguir echando balones fuera”. Por ello, se asegura ahora que, “para la mayoría de los hogares, la renovación de su vehículo no es viable económicamente, lo que provoca restricciones desproporcionadas y convierte el acceso al centro de las ciudades en un lujo”.

Restringir el acceso a los centros urbanos en función de la etiqueta medioambiental del vehículo supone, en la práctica, penalizar a los ciudadanos con menos recursos, que son quienes conducen los coches más antiguos y tienen menor capacidad para asumir el coste de un vehículo nuevo. El Gobierno ha utilizado Bruselas como coartada para una decisión que tomó él solo”.

Europa pues, no exige Zonas de Bajas Emisiones: es España quien impone restricciones que generan desigualdad social.

Las ZBE generan desigualdades. Para la mayoría de los hogares, la renovación de su vehículo no es viable económicamente, lo que provoca restricciones desproporcionadas y convierte el acceso al centro de las ciudades en un lujo.

Restringir el acceso a los centros urbanos en función de la etiqueta medioambiental del vehículo supone, en la práctica, penalizar a los ciudadanos con menos recursos, que son quienes conducen los coches más antiguos y tienen menor capacidad para asumir el coste de un vehículo nuevo. No podemos permitir que sean las personas con menos recursos quienes paguen las consecuencias de la improvisación del Ayuntamiento.

La Unión Europea no exige legalmente la creación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), sólo recomienda su uso. Sin embargo, la UE sí impone objetivos estrictos de calidad del aire y límites de emisiones. Por su parte, España ha transpuesto estas metas haciendo obligatoria la implantación de ZBE en municipios de más de 50.000 habitantes.

Europa no exige Zonas de Bajas Emisiones, es España quien impone restricciones que generan desigualdad social.

Estas ZBE son por tanto ilegales e inconstitucionales, Artículos 12 y 14 de la Constitución, y además no tienen ningún fundamento científico.

La jurisprudencia reciente sobre las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en España exige que los Ayuntamientos justifiquen exhaustivamente sus ordenanzas. Los tribunales han anulado normativas concretas (como la de Madrid o Barcelona) debido a la insuficiencia de informes de impacto económico y social.

Sentencias Clave y Doctrina Jurisprudencial

  • Tribunal Supremo (Madrid, abril de 2026): El Supremo inadmitió el recurso del Ayuntamiento de Madrid, ratificando la anulación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2021. El tribunal concluyó que las restricciones carecían de un análisis adecuado sobre el impacto económico y las consecuencias negativas para los colectivos más vulnerables y las pequeñas empresas.
  • Tribunal Supremo (Barcelona, noviembre de 2023): Ya había sentado precedente al confirmar la anulación inicial de la ZBE de Barcelona dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), exigiendo que las medidas restrictivas cuenten con estudios previos que valoren alternativas menos gravosas.
  • Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Segovia, mayo de 2025): La Sentencia STSJ CL 1779/2025 anuló parcialmente la Ordenanza de Segovia. Refuerza la doctrina de que las ZBE deben estar insertas en un Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) actualizado y justificar de forma rigurosa la proporcionalidad de las medidas, el impacto de género y la accesibilidad.
  • Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ( Málaga, junio 2026) En la sentencia, el TSJA señala que la discriminación entre residentes y no residentes del municipio «plantea un conflicto jurídico entre el principio de libertad económica (libre empresa), la unidad de mercado y la autonomía local para gestionar el tráfico y el medio ambiente«. 

Debemos tener también presente las Repercusiones Prácticas que la ZBE van a ocasionar a los Conductores.

La reciente inadmisión del Supremo en Madrid ha generado gran inseguridad jurídica sobre las multas emitidas desde 2021 hasta abril de 2026, dejando en el aire cientos de millones de euros en sanciones.

Sin embargo, al mismo tiempo de otro lado, continuamos conociendo nuevas sentencias que anulan de forma temporal distintas Zonas de Bajas Emisiones o las multas que se están imponiendo de manera ilegal.

En la actualidad existen cadenas de sentencias contra las ZBE en toda España.

Estos fallos, sin embargo, son solo los últimos emitidos y conocidos de toda una cadena de sentencias emitidas por distintos tribunales de toda España anulando del mismo modo temporalmente distintas actuaciones en multitud de Zonas de Bajas Emisiones. Dictámenes similares ya han sido formulados por parte de los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña, Madrid, Asturias, Extremadura y Castilla y León, Andalucía, anulando temporalmente las Zonas de Bajas Emisiones de Barcelona, Madrid, Gijón, Cornellá de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Sant Adriá de Besós, Segovia y Ávila.

Así pues, las Zonas de Bajas Emisiones «tienen los días contados», a la vista de los acontecimientos que se vienen sucediendo en las diferentes sedes judiciales, consideramos que con objeto de que se ocasione el menor daño posible tanto a los vecinos de Chiclana como al propio Ayuntamiento, desde esta entidad social solicitamos de la Junta de Gobierno Local, se inicie el expediente administrativo para anular la Ordenanza de la ZBE por el pleno municipal y se nos tenga como parte interesada en dicho expediente. Para el caso de no ser atendida la anterior petición, alternativamente y como medida cautelar, que se suspenda la aplicación de las ZBE previstas para enero 2027, al menos hasta que el Tribunal Supremo resuelva definitivamente el recurso judicial interpuesto por concejales de esta Corporación Municipal.

Nota de prensa – 16 de junio

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