La ley de vivienda deja en manos de las autonomías limitar los alquileres

El Poder Judicial abre una batalla contra la norma por “invadir competencias” y “estatalizar la propiedad privada”, pero el texto que maneja el Ejecutivo no las toca

El Gobierno vive una nueva tensión con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a cuenta de la ley de vivienda. La mayoría conservadora de este órgano, cuyo mandato caducó hace más de tres años, prepara ya un duro informe contra la norma por “invadir competencias autonómicas” e incluso por “estatalizar el derecho a la propiedad privada”, pero el texto que tenía listo el Ejecutivo para aprobarlo mañana martes, al que ha tenido acceso EL PAÍS, respeta estas competencias y deja en manos de las autonomías los límites a los alquileres, uno de los asuntos centrales del texto.

De hecho, fuentes del Ejecutivo admiten que son conscientes de que esta parte de la reforma, el control de alquileres, solo se aplicará en autonomías como Cataluña o Baleares o ayuntamientos como Barcelona, que son favorables a estas medidas, y, sin embargo, nunca se hará en Madrid, donde el PP se opone. Es más bien una ley para amparar a las autonomías y ayuntamientos que quieren hacerlo y no tenían toda la protección legal para llevarlo adelante.

El Gobierno está muy molesto con el CGPJ, porque cree que, lejos de dedicarse a los aspectos procesales, que es lo que le compete, quiere entrar de lleno en la política y contradecir la línea del Ejecutivo. La norma ya pasó el jueves el filtro de la comisión de subsecretarios sin cambios y estaba lista para ser aprobada el martes en Consejo de Ministros cuando llegó el giro inesperado de la mayoría conservadora del CGPJ, que tumbó el informe favorable a la ley del vocal progresista Álvaro Cuesta.

El informe no es vinculante, y el Gobierno tiene previsto ahora seguir adelante con la ley sin grandes cambios en cuanto se haga el nuevo informe. La reforma está absolutamente pactada dentro de la coalición entre la ministra de Transportes, la socialista Raquel Sánchez, principal responsable de la redacción, y la de Servicios Sociales, Ione Belarra, de Unidas Podemos, que ha llevado la voz del socio minoritario en esta cuestión, muy sensible para ellos.

El artículo 18 de la futura norma deja clara la competencia autonómica sobre la medida para limitar el precio de los alquileres: “Las administraciones competentes en materia de vivienda podrán declarar, de acuerdo con su normativa reguladora, zonas de mercado residencial tensionado a los efectos de orientar las actuaciones públicas en materia de vivienda en aquellos ámbitos territoriales en los que exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población, en condiciones que la hagan asequible para su acceso en el mercado. A los efectos de lo dispuesto en esta ley, la declaración de zonas de mercado residencial tensionado deberá realizarse por la Administración competente en materia de vivienda”.

El pleno del Consejo General del Poder Judicial abordó el debate sobre el anteproyecto de ley desde tres perspectivas distintas. Por un lado, el Gobierno de los jueces, de mayoría conservadora y con sus funciones limitadas debido a que llevan tres años con el mandato caducado, conoció, antes de reunirse, que el Ejecutivo tenía pensado aprobar el anteproyecto de ley el próximo martes. La mayoría conservadora entendió que el Gobierno iba a hacer caso omiso del informe.

Por otro lado, alguno de los vocales de posiciones más conservadoras elegidos a propuesta del PP entendió que el anteproyecto de ley suponía una “estatalización del derecho a la propiedad privada”. También rechazó que exista un derecho fundamental a la vivienda dentro de la Constitución, por lo que consideraba inconstitucional la regulación recogida en el artículo 11 del futuro texto legal, donde se establece que “el derecho de propiedad de vivienda queda delimitado por su función social” y que corresponde a las administraciones competentes en materia de vivienda “la declaración del incumplimiento de los deberes asociados a la propiedad de la vivienda, habilitando a adoptar, de oficio o a instancia de parte y previa audiencia, en todo caso, del obligado, cuantas medidas prevea la legislación de ordenación territorial y urbanística y la de vivienda”.

Por último, entre los vocales nacionalistas, el elegido a propuesta del PNV, Enrique Lucas, y la elegida a propuesta del PSC, Roser Bach, defendieron que el texto invadía competencias autonómicas, tesis a la que se sumaron los vocales elegidos a propuesta del PP.

Los aspectos principales del anteproyecto de ley por el derecho a la vivienda son estos:

Prohibido vender el parque público de vivienda social. La nueva regulación establece un veto a la venta del parque público de vivienda social salvo que se haga a administraciones públicas. Los gobiernos del PP en el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid vendieron vivienda pública a distintos fondos de inversión.

Limitar los precios de alquiler en zonas tensionadas. El artículo 19.3 señala: “La declaración de una zona de mercado residencial tensionado requerirá la elaboración de una memoria que justifique, a través de datos objetivos y fundamentada en la existencia de un especial riesgo de abastecimiento insuficiente de vivienda para la población residente, en condiciones que la hagan asequible, por producirse las circunstancias siguientes:

a) Que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el 30% de los ingresos medios o de la renta media de los hogares.

b) Que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya experimentado en los cinco años anteriores a la declaración como área de mercado de vivienda tensionado un porcentaje de crecimiento acumulado al menos cinco puntos superior al porcentaje de crecimiento acumulado del índice de precios de consumo de la comunidad correspondiente”.

Declaraciones vigentes durante tres años. “La vigencia de la declaración de una zona de mercado residencial tensionado será de tres años. Se prorrogará anualmente por el mismo procedimiento si subsisten las circunstancias que motivaron tal declaración”.

Estímulos fiscales. “Se establece una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través de la modulación de la actual reducción del 50% en el rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual. La reducción llegará al 90% cuando se firme un nuevo contrato en una zona de mercado residencial tensionado, con una bajada de al menos un 5% sobre la renta del contrato anterior; del 70% cuando se alquile por primera vez a jóvenes de entre 18 y 35 años; y del 60% en el caso de que se hubieran llevado a cabo obras de rehabilitación en los dos años anteriores”.

Recargo del IBI a las viviendas vacías más de dos años. “La futura ley propone el “incremento del recargo actualmente situado en el 50% de la cuota líquida del IBI hasta un máximo del 150%, en función de la duración de la desocupación y del número de viviendas también desocupadas que sean del mismo titular en el término municipal”.

Fuente: https://elpais.com/espana/2022-01-17/la-ley-de-vivienda-deja-en-manos-de-las-autonomias-limitar-los-alquileres.html

Prensa – El País

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